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 Actualmente son 27 las comparsas que forman parte de la Federación Bilboko Konpartsak. He aquí el listado de las comparsas por orden alfabético





1  Aixe-Berri

2  Algara
3  Altxaporrue
4  Askapeña
5  Bizizaleak
6  Eguzkizaleak
7  Hau Pittu Hau
8  Hontzak
9  Hor dago!
10  Irrintzi
11  Kaixo
12  Kaskagorri
13  Kobeta Mendi
14  Komantxe
15  Mamiki
16  Mekauen
17  Moskotarrak
18  Pa..Ya!
19  Pinpilinpauxa
20  Satorrak
21  SinKuartel
22  Tintigorri
23  Txinbotarrak
24  Txomin Barullo
25  Txori Barrote
26  Uribarri
27  Zaratas





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¿Cuáles son los requisitos para instalar una txosna durante la Aste Nagusi de Bilbao?

Durante la Aste Nagusia, las txosnas, terrazas y similares que se instalen, podrán ser de: 1. Comparsas festivas reconocidas como tales por el Ayuntamiento e inscritas en el Registro Municipal de Entidades de Participación Ciudadana.

2. Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones o en el General correspondiente teniendo sede en Bilbao.

3. Establecimientos recreativos y hosteleros para instalaciones anexas a sus locales y de carácter siempre accesorio a su actividad principal.

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Todas ellas deberán hallarse al día en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y/o sociales que les resulten exigibles.



Los interesados presentarán la correspondiente solicitud en el plazo y con la documentación complementaria exigida en convocatoria pública efectuada por la Alcaldía en cada edición de las fiestas, en la que se determinarán las diversas áreas ocupables y condiciones concretas de las instalaciones. La resolución de dichas solicitudes tendrá en cuenta las siguientes consideraciones:

1. En el caso de las comparsas festivas, sus aportaciones individuales y/o colectivas a las fiestas.

2. En el caso de asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, se tendrán en cuenta para adjudicación de los espacios criterios tales como su declaración de utilidad pública; acreditación de su estabilidad y solvencia en el ámbito de su actividad; aplicación de recursos obtenidos en la explotación de la txosna a actividades a desarrollar en Bilbao; oportunidad, interés social, viabilidad e impacto previsible de programas a desarrollar así como la integración estética de la txosna en el entorno.

3. Finalmente, en el caso de establecimientos recreativos y hosteleros, se atenderá, además del cumplimiento de los requisitos que se exijan, a las actividades previstas en la instalación y a su integración estética en el entorno.



Fuente: Ordenanza de fiestas de la Villa de Bilbao

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